Renunció la secretaria de desarrollo comunitario acusando a Perugachi de acoso sicológico.
No olvidemos que Nancy Ulcuango estuvo en la misma lista que Perugachi en las primarias de alianza País y luego estuvo también de candidata a concejala rural por País.
Este artículo ha sido leído 2042 veces
INTERESANTE ENTREVISTA EN CONOCIDO CANAL LOCAL.
En mañana de hoy se sostuvo una la entrevista entre la Sra. Directora Administrativa y el Sr. Williams Ramos, en donde se da conocer de una denuncia al Departamento de Recursos Humanos….. Que raro que la Jefa de Recursos Humanos sea la última en enterarse de esto, además para hacer una acusación de este tipo, cualquier funcionario con “ética” lo hace con “DOCUMENTOS EN MANO”, de lo contrario da mucho que pensar de la calidad profesional de dicho funcionario.
Antes de finalizar, analicemos lo siguiente:
La réplica es garantía fundamental que viene de las Constituciones anteriores y en la de 2008 está consagrada en el art. 66.7, que dice: «El derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita en el mismo espacio u horario». Por su parte, el art. 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el Ecuador de jerarquía constitucional, dispone que «toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de los medios de difusión y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la Ley» y en ningún caso esto eximirá de otras responsabilidades legales. Hay dos situaciones distintas: a) La información inexacta, agraviante, sin pruebas, emitida por el propio medio; y b) La que haga una persona que no pertenece al medio pero a través de él. En cualquier caso, la obligación de publicar la rectificación o réplica, inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario es impuesta al medio. No se trata, pues, de una facultad discrecional del medio para decidir si, y cuándo, va a publicar o no las réplicas «de personajes públicos», que daría ventaja al que le publiquen, sin dar proporcional oportunidad a la respuesta.
¿Y ahora?, ¿Debe o no debe, hacer uso de este derecho la Jefa de Recursos Humanos?…. la respuesta es “SÍ”.
Lamentablemente se le ha negado este derecho, aclaro, no por parte del Sr. Ramos ni del canal local…. ¿?.
¿Qué es lo que se quiere callar?.
Todo lo que escribo aquí, lo hago con mi nombre real, bajo mi absoluta responsabilidad y no me escudo detrás de pseudónimos, lo expongo porque mi esposa fue objeto de un llamado de atención por parte del alcalde, cualquier reclamo por parte del alcalde, que se me lo haga saber directamente a mí.
Felicito a todos los que dan la cara para escribir los comentarios.
Lo siento, no entiendo muy bien la redacción, pero respecto a la última parte, tengo que decir que en el trabajo, las relaciones son estrictamente laborales. En el cual la pareja, no pinta nada.