Transcribo la recomendación 29, al alcalde, del examen de Contraloría, a Caja Bancos, Activos Fijos, Cuentas por Cobrar, Cuentas por Pagar, Seguimiento de Recomendaciones y Evaluación del Sistema de Control Interno por el periodo 2003/09/01, 2007/09/30, hecho al Municipio de Cayambe.
En cumplimiento a las disposiciones que regulan las declaraciones patrimoniales juramentadas dispondrá al jefe de Personal la anulación de los nombramientos y el cese definitivo de funciones de los funcionarios que estando obligados a presentar dicho documento legalizado antes de la posesión del cargo, no lo hicieron.
Antes en ese mismo examen de Contraloría se nos advertía (pag.26 ) que podemos ser sancionados hasta con la remoción aplicando los incisos primero y segundo del artículo 2 de la Ley 4 que regula las Declaraciones Patrimoniales Juramentadas
Los dignatarios, funcionarios y empleados, obligados a presentar declaración patrimonial juramentada deberán hacerlo antes de posesionarse en la función o cargo para el que han sido designados, la inobservancia a esta disposición acarreara la anulación inmediata del nombramiento y el cese definitivo de funciones del obligado, además de la remoción de la autoridad que infringiere esta disposición.
Estaba claro que si no anulaba el nombramiento de los directores era removido de mis funciones.
A pesar que a los asambleístas constituyentes se les prolongó el plazo y que los directores ya habían sido sancionados por el jefe de personal, cumplí al pie de la letra con las disposiciones del organismo de control para no ser removido.
Los afectados presentaron una demanda en contra del Municipio, la administración actual perdió el juicio y la sentencia les obliga a indemnizar a los demandantes. De acuerdo al informe pericial el municipio deberá pagar las siguientes cantidades:
Lcda. Beatriz Irene Rivera Argoti…………………………$81.360,77
Lcda. Esperanza Silvia Tutillo Cholango……………..$60.544,77
Econ. Freddy Patricio Cabascango Alvear……………$65.279,58
Arq. Edgar Arturo Valverde Maldonado……………..$28.052,54
Total………………………………………………………………..$235.237,66
Los que en esa época festejaron la sanción persecutoria y política de la Contraloría, que ponía al alcalde entre la espada y la pared, ahora se rasgan las vestiduras por las consecuencias de la misma.
El Municipio debería demandar a la Contraloría por los daños causados.
El problema es que nadie controla a la Contraloría.
Este artículo ha sido leído 3114 veces
Pingback: Contraloría viola derechos de dirigente indígena Pedro Lanchimba | Blog Personal de Diego Bonifaz